Plan de Control de Alérgenos

¿Sabías que…?

El incumplimiento del Real Decreto 126/2015 y REGLAMENTO (UE) Nº 1169/2011, que obliga a indicar e informar a los consumidores de la presencia de sustancias o productos que causen alergias o intolerancias alimentarias presentes en sus productos/platos/productos, conlleva a sanciones que las Administraciones públicas competentes podrán cifrar entre los 5.000€ y 600.000€.

En el supuesto de infracciones muy graves, las Autoridades podrán acordar el cierre temporal del establecimiento o instalación de que se trate por un plazo máximo de cinco años, e incluso puede derivar en responsabilidades penales.

En Norma Básica ofrecemos asesoramiento legal a nuestros clientes en diferentes materias, entre las que destacan, Prevención de Riesgos Laborales, Seguridad e Higiene Alimentaria, Protección de Datos, etc, con el objeto de evitar las posibles sanciones económicas que la administración les podría imponer por su incumplimiento.

Nuestros Servicios

Elaboración del Plan de control de Alérgenos: se analizan todos los platos o productos y se identifican los alérgenos y sustancias que producen intolerancias alimentarias.

Se crea una Ficha de cada producto/plato elaborado en el establecimiento, en la cual se identifica la presencia de sustancias o productos que causen alergias o intolerancias alimentarias en alimentos envasados y en alimentos que se presenten sin envasar para la venta al consumidor final y a las colectividades, de los envasados en los lugares de venta, a petición del comprador y de los envasados por los titulares del comercio al por menor.

Se generan Cartas con la identificación de sustancias que causan alergias e intolerancias alimentarias, y con código QR.

Ofrecemos las siguientes soluciones según el tipo de empresa o producto:

  • Se analizan todos los platos o productos y se identifican las sustancias causantes de alergias e intolerancias alimentarias.
  • Se facilita un Listado de platos/productos con la identificación de sustancias causantes de alergias e intolerancias alimentarias.
  • Se accede a las fichas completas personalizadas de cada plato, con fotos, información adicional, etc.
  • Se generan diferentes modelos de Cartas con código QR, con la identificación de sustancias que causan alergias e intolerancias alimentarias. Además se facilita la información completa del establecimiento: logo, nombre, dirección y tfno para reservas.
  • Se genera un Cartel con el logo del establecimiento en el que se informe al consumidor de que puede recibir toda la información relacionada con los alérgenos.
  • La documentación generada y el sistema de implantación es fácil de comprender y manejar.

Contar con nuestros servicios, permite:

  • Acceso a la carta a través de código QR, acceso directo desde cualquier dispositivo móvil (Tablet, smartphone).
  • Acceso a la información de alérgenos para sus clientes. Se creará su propio CÓDIGO QR, a través del cual sus clientes tendrán acceso a las sustancias de obligada declaración (conforme al Anexo II del REGLAMENTO (UE) Nº 1169/2011 del parlamento europeo y del consejo de 25 de octubre de 2011) mediante sus dispositivos móviles o tabletas.
  • Cartas digitalizadas.
  • Información de alérgenos en español y en inglés.
  • Un servicio de fácil implementación.

Las ventajas de realizar este servicio son:

  • Cumplimiento con la normativa/legislación. En caso de incumplimiento, las empresas se enfrentan a sanciones que las Administraciones públicas competentes podrán cifrar entre los 5.000€ y 600.000€. En el supuesto de infracciones muy graves, las Autoridades podrán acordar el cierre temporal del establecimiento o instalación de que se trate por un plazo máximo de cinco años, e incluso puede derivar en responsabilidades penales.
  • Evitar sanciones.
  • Mejora la imagen y la competitividad de los productos.

Infórmate aquí sin compromiso


    • Ofrece confianza al consumidor.
    • Acceso a la información de alérgenos para sus clientes. Se creará su propio CÓDIGO QR, a través del cual sus clientes tendrán acceso a las sustancias de obligada declaración (conforme al Anexo II del REGLAMENTO (UE) Nº 1169/2011 del parlamento europeo y del consejo de 25 de octubre de 2011) mediante sus dispositivos móviles o tabletas.
    • Prevenir posibles denuncias a nivel de responsabilidad civil.
    • Prevención de muertes a causa de toxiinfecciones alimentarias.

    Nuestra experiencia y capacidad de ofrecer soluciones adaptadas al cliente.

    Somos una empresa con capacidad técnica y cercana a la realidad del cliente.

    Contacta con nosotros

    Pincha aquí y rellena el formulario de solicitud de información, nuestros agentes se pondrán en contacto contigo a la mayor brevedad

    Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

    ACEPTAR
    Aviso de cookies
    Ir al contenido